El derecho de desistimiento es una garantía legal fundamental que permite a los consumidores cancelar una compra realizada a distancia, como en tiendas online, sin tener que justificar el motivo ni asumir penalizaciones. Esta figura jurídica, regulada por la legislación española, garantiza transparencia y confianza en el comercio electrónico.

Sin embargo, no siempre puede aplicarse. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) establece excepciones claras en su artículo 103, que deben ser tenidas en cuenta tanto por consumidores como por comerciantes.

📞 ¿Quieres consultar tu caso de desistimiento con un abogado en Sevilla experto en Derecho de Consumo?
Llámanos ahora al 614 315 119 o rellena el formulario de contacto en 👉 lvqabogados.com/contacto

¿Cuándo Se Puede Ejercer el Derecho de Desistimiento?

El artículo 102 del TRLGDCU establece que el consumidor dispone de un plazo de 14 días naturales desde la recepción del producto (o desde la celebración del contrato en el caso de servicios) para ejercer su derecho de desistimiento.

Durante ese periodo, puedes solicitar la devolución del producto y el reembolso total del precio pagado, incluidos los gastos de envío estándar.

Condiciones básicas:

  • La compra debe haberse realizado a distancia (por internet, teléfono o catálogo).
  • El producto debe conservarse en buen estado y no haber sido utilizado más allá de una prueba razonable (como harías en una tienda física).
  • El vendedor debe haber informado claramente del derecho de desistimiento. Si no lo ha hecho, el plazo se amplía a 12 meses.

¿Cuándo No Aplica el Derecho de Desistimiento?

Este derecho no se aplica en:

  • Compras presenciales, ya que el consumidor ha podido examinar el producto físicamente antes de adquirirlo.
  • Productos usados más allá de lo necesario para comprobar su funcionamiento.
  • Supuestos expresamente excluidos por ley, que analizamos a continuación.

Si eres empresario y quieres asegurarte de cumplir correctamente con la normativa de desistimiento en tu tienda online, podemos revisar tus condiciones legales y tus textos de venta.

🛡️ Auditoría legal de tu ecommerce y asesoramiento especializado
Solicita información escribiendo a info@lvqabogados.com.

Exclusiones Legales del Derecho de Desistimiento (Art. 103 TRLGDCU)

El artículo 103 del TRLGDCU establece una lista detallada de supuestos en los que no procede el derecho de desistimiento. Estas excepciones protegen a los empresarios frente a devoluciones de productos o servicios que, por su naturaleza, no pueden ser reutilizados, revendidos o retirados una vez abiertos o consumidos.

1. Productos personalizados o hechos a medida

No se incluye este derecho porque se trata de bienes adaptados a las especificaciones personales del consumidor, lo que impide su reventa a terceros.

Ejemplo: un anillo grabado con el nombre del comprador.

2. Bienes que pueden deteriorarse o caducar con rapidez

El motivo de la exclusión es que estos productos pueden perder valor o ser inutilizables tras su devolución.

Ejemplo: alimentos frescos o flores.

3. Bienes precintados por razones de salud o higiene que han sido desprecintados

El desistimiento no se permite porque una vez abiertos, no se puede garantizar su higiene o seguridad para otros consumidores.

Ejemplo: ropa interior o cepillos de dientes.

4. Grabaciones de audio, vídeo o programas informáticos precintados, si se ha roto el precinto

No se incluye el desistimiento porque se corre el riesgo de copia del contenido antes de devolverlo.

Ejemplo: un DVD o software en CD abierto.

5. Prestación de servicios completamente ejecutados, si comenzó con consentimiento del consumidor

El derecho se pierde porque el servicio ya se ha consumido en su totalidad.

Ejemplo: reparación urgente de una avería.

6. Contenidos digitales no tangibles, si ha comenzado su descarga o ejecución

Se excluye porque no es posible devolver un contenido digital ya descargado.

Ejemplo: una película comprada en streaming o un eBook.

7. Prensa diaria, revistas o publicaciones periódicas, salvo suscripciones

No se permite desistir porque su valor desaparece una vez pasado el día de publicación.

Ejemplo: un periódico comprado individualmente.

8. Contratos celebrados mediante subastas públicas

El consumidor no puede desistir ya que ha aceptado condiciones específicas de compra en un entorno regulado y transparente.

Ejemplo: adquisición de un coche en una subasta judicial.

9. Bebidas alcohólicas cuyo valor depende de fluctuaciones del mercado y entrega diferida

Se excluyen debido a que su precio puede variar significativamente con el tiempo.

Ejemplo: compra de vinos de colección con entrega a 60 días.

10. Servicios de alojamiento, transporte, alquiler de vehículos, restauración u ocio con fecha determinada

No se puede desistir porque implican una reserva que puede quedar inutilizada.

Ejemplo: entradas a un concierto o reserva de hotel.

11. Bienes mezclados de forma indisociable tras la entrega

Se excluye el derecho porque no es posible separar el bien original de otros.

Ejemplo: aceite mezclado con otro líquido.

12. Reparaciones urgentes solicitadas por el consumidor

El desistimiento no aplica cuando el consumidor ha pedido expresamente un servicio urgente.

Ejemplo: llamada a un fontanero por una fuga urgente.

13. Grabaciones personalizadas de eventos

No se permite el desistimiento ya que se trata de productos únicos e irrepetibles.

Ejemplo: vídeo personalizado de una boda.

¿Cómo Se Ejerce Correctamente el Derecho de Desistimiento?

El consumidor debe:

  1. Notificar su voluntad de desistir antes de que venza el plazo de 14 días. Puede hacerlo mediante correo electrónico, burofax o formulario.
  2. Devolver el producto sin demoras indebidas, en el plazo máximo de 14 días desde la notificación.
  3. El vendedor reembolsará el importe pagado, incluidos los gastos de envío ordinarios, utilizando el mismo medio de pago empleado por el consumidor.

Consejos para Consumidores y Comerciantes

  • Como empresario, incluye siempre información clara sobre el derecho de desistimiento en tu ecommerce.
  • Como consumidor, revisa la política de devoluciones antes de comprar y conserva toda la documentación (facturas, correos, justificantes).

Si necesitas apoyo jurídico para gestionar reclamaciones o redactar las condiciones legales de tu comercio electrónico, estamos a tu disposición.

🌐 Abogados especializados en Derecho de Consumo en Sevilla
👉 Contacta con nosotros aquí

Enlaces de Interés

  • Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU)

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555

  • Portal del Consumidor del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

https://www.consumo.gob.es

  • Portal de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN)

https://www.aesan.gob.es

  • Plataforma europea de resolución de litigios en línea (ODR)

https://ec.europa.eu/consumers/odr

La compraventa de vehículos de segunda mano entre particulares es muy común, pero también puede dar lugar a conflictos cuando, tras la entrega, el comprador descubre un fallo en el coche o moto. En algunos casos, se invoca la figura de los vicios ocultos, contemplada en el artículo 1484 del Código Civil español. Pero ¿qué ocurre si eres el vendedor y estás convencido de que ese fallo no existía cuando vendiste el vehículo?

En este artículo te explicamos qué son realmente los vicios ocultos, cómo defenderte si te reclaman injustamente, y qué pruebas pueden ayudarte.

👉 ¿Estás siendo acusado injustamente de vender un vehículo con un defecto oculto? En LVQ Abogados, especialistas en derecho civil en Sevilla, analizamos tu caso y te ayudamos a defenderte legalmente.
📩 Solicita asesoramiento
📞 También puedes llamar al +34 614 315 119 o escribirnos a info@lvqabogados.com

¿Qué se considera un vicio oculto?

Para que un defecto pueda ser reclamado como vicio oculto, debe cumplir tres requisitos esenciales:

  1. Oculto: No era visible ni fácilmente detectable con una revisión básica.
  2. Preexistente: Estaba presente antes de la venta, aunque se haya manifestado después.
  3. Grave: Afecta al funcionamiento normal del vehículo o reduce su valor de forma significativa.

Por ejemplo, un motor gripado por desgaste interno, un fallo eléctrico no visible o una avería estructural oculta en el chasis tras un accidente no declarado podrían ser vicios ocultos.

⚠️ Pero no todo defecto es reclamable

No se consideran vicios ocultos:

  • El desgaste normal (embrague, frenos, batería).
  • Fallos evidentes al momento de la compra.
  • Defectos que el comprador conocía o aceptó al firmar.
  • Problemas causados por el uso posterior.

En la práctica, esto último es clave: muchos fallos que aparecen tras la venta no son vicios ocultos, sino averías nuevas provocadas por el uso del nuevo propietario o por una manipulación posterior.

Ejemplo: Imagina que vendes una moto a un particular. Días después, el comprador te reclama porque, según dice, al quitar la llave el contacto sigue funcionando, y un mecánico le ha dicho que hay cables quemados en el sistema eléctrico. ¿Qué puedes hacer?

Cómo defenderte como vendedor particular

1. Conserva pruebas del estado del vehículo en el momento de la venta

  • Un contrato firmado donde se indique que el vehículo se entrega en el estado actual y ha sido revisado por el comprador.
  • Fotos o vídeos del vehículo funcionando correctamente.
  • ITV reciente o informe de un taller previo a la venta.

2. Solicita un informe técnico sobre el fallo

Pide al comprador (o encarga uno tú) un informe de un mecánico independiente que detalle:

  • La naturaleza del fallo.
  • Si es o no compatible con un uso posterior inadecuado.
  • La posibilidad de que se deba a una manipulación tras la entrega (por ejemplo, instalación de dispositivos eléctricos, humedad, batería incompatible, etc.).

3. Plantea una respuesta clara y por escrito

Contestar por WhatsApp o de forma informal no es lo ideal. Es mejor enviar una carta formal o un correo electrónico bien redactado en el que:

  • Afirmes que el vehículo estaba en buen estado al momento de la venta.
  • Nieguen que el defecto existiera previamente.
  • Solicites pruebas si se insiste en que era preexistente.
  • Te reserves el derecho a actuar si se te acusa falsamente.

4. No te dejes intimidar: el comprador debe probar su reclamación

En una reclamación por vicio oculto, la carga de la prueba recae en el comprador. No basta con que el fallo exista: debe demostrar que era oculto, grave y preexistente.

Si necesitas redactar una respuesta legal adecuada o enfrentarte a una reclamación judicial por vicios ocultos, contacta con nuestros abogados en Sevilla expertos en compraventa y responsabilidad civil.
👉 Contacta ahora con LVQ Abogados

¿Puede ir a juicio?

Sí, pero solo si el comprador puede demostrarlo. Y antes de eso, es habitual que intente negociar. Si el caso llega a juicio:

  • El juez valorará los informes técnicos.
  • También analizará si hubo buena fe de ambas partes.
  • Y tendrá en cuenta si el comprador hizo una revisión del vehículo antes de comprar.

Cláusula útil en el contrato

Para futuras ventas, puedes añadir esta cláusula en el contrato:

“El comprador declara haber revisado el vehículo y acepta su estado actual, renunciando a reclamaciones posteriores por defectos visibles o derivados del uso ordinario. Esta compraventa se realiza entre particulares, sin garantía, al amparo del artículo 1484 del Código Civil.”

Esta cláusula no elimina el derecho a reclamar por vicios ocultos, pero refuerza tu defensa si el comprador intenta alegar fallos menores o evidentes.

Conclusión

Ser acusado de vender un vehículo con defectos ocultos puede ser estresante, pero recuerda:

  • No todo defecto es vicio oculto.
  • El comprador debe probar que el fallo era grave, oculto y preexistente.
  • Como vendedor, puedes defenderte eficazmente con pruebas y una respuesta clara.

Si actúas con buena fe, haces constar el estado del vehículo en el contrato, y puedes demostrar que el fallo surgió después, no tienes por qué responder por una avería que no te corresponde.

📍 En LVQ Abogados, despacho especializado en vicios ocultos y compraventas entre particulares en Sevilla, te ayudamos a proteger tus derechos como vendedor.

📞 Llámanos al +34 614 315 119, escríbenos a info@lvqabogados.com, o solicita tu consulta desde nuestra web:
👉 www.lvqabogados.com/contacto

En los últimos años ha crecido exponencialmente la oferta de másteres, cursos formativos, academias de inversión o plataformas de habilidades digitales prometen títulos, salidas profesionales o ingresos rápidos. Pero no todo lo que se anuncia como “formación de calidad” cumple lo que promete. De hecho, son numerosos los casos en los que el consumidor acaba pagando por un producto que no es lo que parecía.

En este artículo analizamos los supuestos más comunes de fraude o publicidad engañosa en cursos online y qué derechos te asisten como consumidor si ya has contratado uno de ellos.

Formación engañosa: modalidades más frecuentes

1. Cursos o másteres que se presentan como oficiales sin serlo


Muchas plataformas privadas ofrecen títulos que simulan ser oficiales, habilitantes o universitarios, sin tener reconocimiento en el sistema educativo nacional. Usan términos ambiguos como:

            •          “Certificación universitaria”

            •          “Formación avalada por instituciones”

            •          “Válido en toda Europa”

            •          “Titulación de nivel oficial”


En realidad, suelen tratarse de títulos propios o no reglados, sin efectos académicos o profesionales. En algunos casos, ni siquiera están vinculados a una universidad legalmente reconocida en el país.

👉 Si te han ofrecido un curso bajo estas condiciones, puedes recibir asesoramiento legal especializado en derecho del consumidor y contratos de formación. Consulta tu caso aquí.


2. Promesas de ingresos en cursos de trading, inversión o emprendimiento


Otros cursos se presentan como formación en trading, criptomonedas o libertad financiera, con reclamos como:

            •          “Gana desde casa con solo unas horas al día”

            •          “Consigue ingresos pasivos sin conocimientos previos”

            •          “Acceso al mismo método que usan los grandes inversores”


Sin embargo, una vez contratado, el contenido es básico, genérico o fácilmente accesible de forma gratuita en internet, y el supuesto “soporte personalizado” o “plataforma exclusiva” resulta decepcionante o inexistente.

Prácticas comerciales abusivas

1. Urgencia artificial para cerrar la venta.


Es muy frecuente que se use presión psicológica para forzar la matrícula inmediata, con frases como:
            •          “Últimas plazas disponibles”

            •          “Descuento válido solo por hoy”

            •          “Oferta limitada a los primeros inscritos”


En realidad, esta urgencia suele ser artificial o continua, diseñada para evitar que el consumidor compare o reflexione.

Si has firmado un contrato en estas condiciones o te están reclamando pagos abusivos, es recomendable consultar con un abogado especialista en la materia. Por ejemplo, LVQ Abogados en Sevilla, expertos en derecho del consumidor y contratos de formación, puede ayudarte a revisar tu situación y tomar medidas legales si corresponde.

📩 Puedes contactarles a través de su formulario web: lvqabogados.com/contacto
📞 O llamar directamente al +34 614 315 119
✉️ También disponible el correo: info@lvqabogados.com

2. Financiación encubierta y precios reales ocultos.


Otro engaño habitual es que el consumidor cree que está pagando una cantidad fija (abonada inicialmente), cuando en realidad ha aceptado sin saberlo una financiación externa, con intereses o condiciones asociadas que elevan el precio final a más del doble.


En muchos casos, no se informa de manera clara sobre:

            •          Que se trata de un préstamo al consumo.

            •          Las condiciones financieras reales.

            •          El derecho de desistimiento frente a la financiera.

3. Dificultades para darse de baja


Tras la contratación, muchas personas se encuentran con graves obstáculos para cancelar el curso:

            •          Canales de atención que no responden.

            •          Respuestas automáticas.

            •          Exigencias de pagos pendientes sin justificación.

            •          Amenazas de inclusión en ficheros de morosos.


📌 Importante: En algunos casos, se alega que el mero acceso a la plataforma digital supone la pérdida del derecho de desistimiento, en virtud del artículo 103.m) del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Sin embargo, esta cláusula solo es válida si previamente se ha informado claramente y se ha recabado el consentimiento expreso del usuario. Si no se cumple este requisito, el consumidor conserva su derecho a desistir en 14 días.

¿Qué derechos tiene el consumidor?


✔ Derecho de desistimiento (14 días naturales)

En contratos celebrados a distancia, puedes desistir sin necesidad de justificarte, salvo excepciones expresamente informadas y aceptadas.


✔ Derecho a recibir información clara, veraz y comprensible.

Cualquier ambigüedad o confusión puede ser considerada publicidad engañosa o cláusula abusiva.


✔ Derecho a reclamar ante consumo o tribunales.

Puedes exigir la resolución del contrato, la devolución del dinero y, en su caso, indemnización por daños y perjuicios.

Si no has recibido la información legal adecuada o consideras que has sido engañado, puedes consultar gratuitamente tu caso con abogados especializados.
👉 Formulario de contacto LVQ Abogados

¿Dónde reclamar?

  1. A la propia empresa, mediante correo certificado o burofax.
  2. A la entidad financiera, si la matrícula está vinculada a una financiación no informada adecuadamente.
  3. Ante las autoridades de consumo.
  4. Por vía judicial, si la empresa no responde.
  5. Ante la administración educativa competente, si hay uso indebido de términos como “oficial”, “máster universitario”, etc.

Consejos antes de contratar un curso online

  • Revisa quién es la entidad que lo imparte: ¿es una universidad legalmente reconocida en España?
  • Comprueba si el título es oficial, consultando el RUCT: https://www.educacion.gob.es/ruct
  • Exige información clara y por escrito antes de realizar cualquier pago.
  • Desconfía de ofertas demasiado urgentes, promesas milagrosas o llamadas comerciales agresivas.

Enlaces de interés


🔹 Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

Para comprobar si un máster es oficial y está acreditado por el Estado.

👉 https://www.educacion.gob.es/ruct


🔹 Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)

Entidad encargada de acreditar títulos oficiales en España.

👉 https://www.aneca.es


🔹 Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Competente en la regulación y supervisión de universidades y enseñanzas oficiales.

👉 https://www.ciencia.gob.es


🔹 Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN)

Ofrece canales para presentar reclamaciones como consumidor a nivel nacional.

👉 https://www.aesan.gob.es


🔹 Portal del Consumidor de la Junta de Andalucía (u organismo autonómico correspondiente)

Para presentar hojas de reclamaciones o acudir a mediación/conciliación.

👉 https://www.consumoresponde.es


🔹 Legislación sobre consumidores y usuarios (BOE)

Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

👉 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555

El 28 de abril de 2025, millones de usuarios en España se vieron afectados por un apagón eléctrico generalizado que dejó sin suministro a hogares y negocios en varias comunidades autónomas. Aunque las causas aún no han sido oficialmente confirmadas, este incidente ha generado incertidumbre sobre si es posible reclamar por los daños sufridos.

👉 Si crees que has sufrido pérdidas por el apagón, en LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en Derecho de Consumo y Responsabilidad Civil, podemos ayudarte a reclamar lo que te corresponde.

Te explicamos qué se puede reclamar por un apagón eléctrico en España, cómo hacerlo correctamente, a quién dirigirse, qué documentación necesitas y qué papel juega el seguro del hogar. También te explicamos qué ocurre si el apagón se debe a una causa de fuerza mayor.

 ¿Qué daños puedes reclamar por un apagón eléctrico?

Los cortes de luz pueden provocar desde pequeñas molestias hasta pérdidas económicas importantes, tanto en hogares como en negocios. Los daños reclamables se dividen en tres categorías:

1. Daños materiales

Electrodomésticos y aparatos dañados

Si el apagón o una subida o bajada de tensión provoca una avería, tienes derecho a reclamar el coste de reparación o sustitución. Asegúrate de conservar el aparato hasta que sea revisado por un técnico o perito.

📌 Recomendación legal: Guarda la factura original del electrodoméstico y pide un informe técnico que confirme que la avería se debe a un fallo eléctrico.

Alimentos en mal estado

Los cortes de larga duración pueden provocar la pérdida de alimentos refrigerados o congelados. Esta pérdida también es indemnizable, si se acredita adecuadamente.

Guarda los tickets de compra y haz fotografías de los productos dañados.

👉 ¿No sabes cómo acreditar los daños? Escríbenos a info@lvqabogados.com o llama al +34 614 315 119.

2. Pérdidas económicas

Ø  Comercios y negocios: Si tienes un negocio que ha perdido ingresos por el apagón (bares, tiendas, oficinas), puedes reclamar por lucro cesante si puedes justificar la pérdida de facturación.

Ø  Teletrabajo: Si trabajas desde casa y el apagón ha interrumpido tu actividad, puedes intentar reclamar, aunque es más difícil de acreditar. Guarda correos, capturas de pantalla o avisos de clientes afectados.

3. Daños personales y morales

En situaciones graves (por ejemplo, si el apagón afecta a una persona electrodependiente), puede reclamarse también daños morales o responsabilidad civil.

🛑 Este tipo de reclamación es más complejo y normalmente requiere asistencia legal especializada.
En estos casos, LVQ Abogados en Sevilla te asesora con rigor y cercanía para que no pierdas tu derecho a ser indemnizado.

 

¿Quién es responsable de un corte de luz?

En el sistema eléctrico español intervienen dos figuras clave:

Distribuidora eléctrica

Es la responsable del mantenimiento y funcionamiento de la red eléctrica. Si el apagón se debe a una avería o fallo técnico, la distribuidora es la principal responsable.

No puedes elegir tu distribuidora. Depende de tu zona geográfica. Las principales distribuidoras son:

Comercializadora eléctrica

Es la empresa con la que tienes contratado el suministro y la que te envía la factura. Aunque no tiene responsabilidad directa sobre el apagón, debe actuar como intermediaria y remitir tu reclamación a la distribuidora.

¿Qué papel juega el seguro de hogar en caso de apagón?

1. Cobertura por daños eléctricos

Muchas pólizas cubren daños en electrodomésticos por sobretensión o fallo eléctrico, especialmente si el daño no se debe al propio desgaste del aparato.

Para reclamar necesitas:

  • Factura del electrodoméstico
  • Informe técnico de la avería
  • Parte del incidente o documento de la compañía eléctrica

2. Pérdida de alimentos

Algunas pólizas también cubren la pérdida de alimentos perecederos si el corte supera cierto número de horas.

3. Asistencia técnica

Algunas aseguradoras incluyen servicios de asistencia técnica gratuita o con descuento para valorar y reparar daños eléctricos.

📌El plazo habitual para comunicar el siniestro es de 7 días desde que se conoce el daño, salvo que tu póliza indique otro.

¿Qué hacer si el apagón fue por fuerza mayor?

Las compañías pueden eximirse de responsabilidad si demuestran que el apagón fue causado por una situación extraordinaria, imprevisible e inevitable, como:

  • Tormentas intensas o fenómenos meteorológicos extremos (Filomena, DANA, etc.)
  • Incendios forestales o accidentes
  • Sabotajes o actos vandálicos
  • Fallos externos en infraestructuras críticas

👉 La distribuidora debe demostrar y justificar documentalmente que se trata de fuerza mayor. Mientras tanto, puedes presentar una reclamación informativa previa para que quede constancia del hecho.

Si tienes dudas sobre si puedes reclamar en tu caso concreto, nuestro equipo jurídico puede ayudarte a analizar la viabilidad. Contacta ahora con nuestros abogados en Sevilla.

 ¿Cómo reclamar por un apagón eléctrico?

Sigue estos pasos para tramitar tu reclamación correctamente:

1. Recoge todas las pruebas

  • Tickets de compra (especialmente de alimentos)
  • Facturas de reparación o sustitución
  • Fotografías o vídeos de productos dañados
  • Informes técnicos
  • Anotación de fecha, hora y duración del apagón
  • Testimonios de vecinos o negocios cercanos

2. Presenta la reclamación

  • A tu comercializadora, por escrito (correo electrónico o formulario web), solicitando que trasladen tu reclamación a la distribuidora.
  • A tu aseguradora, si tu póliza cubre los daños.
  • A organismos de consumo, si no recibes respuesta.

3. Considera la vía judicial si no te indemnizan

Si la empresa rechaza la indemnización, puedes acudir a tribunales civiles. Para ello, el plazo legal es de 1 año desde que se produjo el daño o desde que se conoció el perjuicio (art. 1968 Código Civil).

🔹 En este punto, la asistencia legal es clave. En LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en Derecho de Consumo y Responsabilidad Civil, hemos ayudado a numerosos afectados a reclamar con éxito este tipo de indemnizaciones.

🖊️ Solicita una consulta jurídica ahora y te explicamos los pasos.

 Plazos para reclamar por un corte de luz

Vía de reclamaciónPlazo legal
Comercializadora/distribuidora30 días desde el apagón
Aseguradora7 días desde que se detecta el daño
Vía judicial1 año desde el daño o conocimiento del mismo

⚠️ Importante: Si aún no se conocen las causas del apagón, como ocurre con el corte de suministro eléctrico del 28 de abril de 2025, los plazos legales para reclamar podrían no comenzar a contar hasta que el consumidor tenga conocimiento claro del origen y de la posible responsabilidad. Por eso, se recomienda presentar una reclamación informativa cuanto antes, pero no se pierde el derecho a reclamar si todavía no hay certeza sobre lo ocurrido.

¿Qué hacer mientras se investiga la causa del apagón?

Aunque no sepas aún si podrás reclamar, actuar desde el primer momento es clave. Toma estas medidas:

  • Documenta todo (fecha, duración, fotos, vídeos, informes)
  • Conserva tickets y facturas
  • Contacta con tu compañía eléctrica para pedir información oficial
  • Solicita copia del parte del incidente
  • Informa a la OMIC de tu localidad para que quede constancia

📌 Si no sabes cómo empezar o temes perder tu derecho a reclamar, nuestro equipo en LVQ Abogados en Sevilla puede acompañarte.

Enlaces de interés

Un apagón eléctrico puede causar perjuicios significativos en hogares y negocios. Saber cómo reclamar, a quién dirigirse y qué pruebas presentar te ayudará a obtener una indemnización justa. Y recuerda: incluso si se alega fuerza mayor, la empresa debe demostrarlo. Mientras tanto, documenta todo y actúa cuanto antes.

📞 ¿Tienes dudas urgentes? Llama directamente al +34 614 315 119 o escribe a info@lvqabogados.com.

¿Te ha llegado una factura de electricidad o gas con un importe desproporcionado? Este tipo de errores son más comunes de lo que parece, y lo mejor es actuar con rapidez y conociendo tus derechos. Te ayudamos a reclamar correctamente.

En LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en Derecho de Consumo, defendemos tus derechos frente a errores de facturación en suministros básicos.
📩 Contacta con nosotros o escríbenos a info@lvqabogados.com.

Motivos más frecuentes de facturación de luz o gas incorrecta


1.         Lecturas estimadas

2.         Errores de lectura

3.         Solapamiento de periodos o facturación duplicada

4.         Aplicación incorrecta de tarifas

5.         Refacturación por presunto fraude o alteración de contador.



¿Has vivido una situación parecida?
No dejes pasar el tiempo. Desde LVQ Abogados en Sevilla te ayudamos a reclamar de forma efectiva.
📞 Llámanos o envíanos tu consulta aquí.

Pasos a seguir

  1. Revisa a fondo la factura: Comprueba si la lectura es estimada o real, si el periodo de facturación está correcto y si la tarifa se ajusta a lo que contrataste.
  2. Haz una lectura actual del contador: Toma una foto del contador (con la fecha visible) para demostrar tu consumo real, en caso necesario.
  3. Contacta con la comercializadora: Llama al servicio de atención al cliente, explica el error y solicita el número de incidencia o reclamación.
  4. Formaliza la reclamación por escrito: Si no recibes solución en unos días, presenta una reclamación escrita (por correo electrónico o mediante el formulario de la web). Guarda siempre copia y acuse de recibo.
  5. Reclama ante la Dirección General de Industria de tu comunidad autónoma: Si la empresa no responde en un mes o no resuelve el problema, puedes acudir a este organismo, que tiene competencia directa sobre los suministros energéticos. Ellos pueden mediar e incluso sancionar si se detectan irregularidades.
  6. En determinados casos (tarifas reguladas, problemas de competencia o mercado), puedes trasladar tu queja a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

¿Tienes dudas sobre cómo plantear la reclamación?
En LVQ Abogados en Sevilla, te asesoramos paso a paso para defender tus derechos como consumidor.
📩 Solicita asesoría ahora.

¿Qué límites legales existen para refacturar consumos antiguos?


Las comercializadoras y distribuidoras no pueden refacturar libremente consumos de años anteriores, incluso si han cometido errores en las lecturas.

  • En el caso de lecturas estimadas, las compañías de luz y gas solo pueden emitir facturas basadas en lecturas estimadas cuando no sea posible realizar la lectura real del contador por causas ajenas a ellas, debiendo regularizar el consumo real al menos una vez al año. Si no lo hacen, como en los casos en que se facturan lecturas estimadas durante periodos prolongados, están obligadas a refacturar correctamente y devolver al consumidor cualquier importe cobrado de más, con el interés legal correspondiente, tal y como establece el artículo 96.2 del Real Decreto 1955/2000 y han respaldado los tribunales, como la Audiencia Provincial de Alicante en su Sentencia 437/2015. Estas prácticas vulneran los derechos de los consumidores recogidos en la normativa vigente, como el Real Decreto Legislativo 1/2007 y la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
  • En los casos de error en la facturación (por lecturas erróneas, defectos en el contador o causas imputables a ella), el artículo 96.1 del Real Decreto 1955/2000 establece solo se podrá refacturar hasta un máximo de un año anterior a la fecha en que se detectó el error. Esto significa que, aunque el fallo se haya producido durante un período más largo, la empresa solo puede refacturar como máximo los últimos 12 meses desde que se detectó el fallo.

En caso de que la distribuidora detecte una manipulación del contador, el artículo 96.2 del mismo Real Decreto establece que el período a refacturar será como máximo de seis meses, salvo que la empresa pueda probar fehacientemente que el fraude comenzó antes. — Sobre esta cuestión, más información aquí.

¿Te están reclamando consumos antiguos de forma indebida?
Defiéndete con el respaldo de LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en Derecho de Consumo.
📞 Llámanos o contacta a través de nuestro formulario web.

Normativa aplicable

  • Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
  • Artículo 96.1 regula la refacturación por errores de lectura o facturación.
  • Enlace: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2000-23410
  • Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, que regula el transporte, la distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.
  • Aplicable en caso de facturación de gas.
  • Enlace: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-430

Enlaces de interés para reclamar una factura de luz o gas:


            • Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO): Información general sobre el sistema eléctrico y de gas, y acceso a normativa https://www.miteco.gob.es

            • Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC): 

            • Portal del consumidor de energía (para entender tu factura, tus derechos como consumidor, y procedimientos de reclamación): https://www.energia.gob.es/consumo-responsable

Direcciones Generales de Industria y Energía por comunidad autónoma:

____________________________________


Andalucía: Dirección General de Minas

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/industriaenergiayminas/consejeria/sgim/dgm.html

Aragón: Dirección General de Energía y Minas

https://www.aragon.es/-/direccion-general-de-energia-y-minas

Asturias: Dirección General de Industria y Minería

https://industria.asturias.es

Islas Baleares: Dirección General de Energía y Cambio Climático

https://energia.caib.es

Canarias: Dirección General de Industria

https://www.gobiernodecanarias.org/industria/

Cantabria: Dirección General de Industria, Energía y Minas

https://dgicc.cantabria.es/

Castilla y León: Dirección General de Energía y Minas

https://industria.jcyl.es

Castilla-La Mancha: Dirección General de Transición Energética

https://industria.castillalamancha.es

Cataluña: Dirección General de Energía

https://territori.gencat.cat/ca/01_departament/organitzacio/departament/secretaria_dhabitatge_i_inclusio_social/direccio_general_denergia/

Comunidad Valenciana: Dirección General de Industria, Energía y Minas

https://industria.gva.es

Extremadura: Dirección General de Industria, Energía y Minas

https://industriaextremadura.juntaex.es

Galicia: Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales

https://ceei.xunta.gal

Comunidad de Madrid: Dirección General de Promoción Económica e Industrial

https://www.comunidad.madrid/servicios/industria

Región de Murcia: Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera

https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=22766&IDTIPO=100&RASTRO=c818%24m22727

Navarra: Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S4

https://www.navarra.es/es/industria-energia-y-proyectos-estrategicos-s4

País Vasco: Dirección de Energía

https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-industria-comercio-turismo/

La Rioja: Dirección General de Reindustrialización, Innovación e Internacionalización

https://www.larioja.org/industria/es

Ceuta: Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública

https://www.ceuta.es/ceuta/

Melilla: Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad

https://www.melilla.es/melilla


¿Necesitas ayuda para presentar tu reclamación de manera formal?
Confía en LVQ Abogados Sevilla, con amplia experiencia en reclamaciones de consumo de energía.
📩 Contáctanos aquí.

Se considera manipulación cualquier intervención destinada a alterar el funcionamiento normal del equipo de medida.

Entre las prácticas más comunes se encuentran: la instalación de puentes o derivaciones para evitar que la energía pase por el contador; el imantado del contador para ralentizar o detener el registro del consumo; la modificación del software del contador digital (firmware); la rotura, alteración o eliminación de precintos de seguridad.

¿Qué dice la normativa?

De acuerdo con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (artículo 96), y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la distribuidora está obligada a acreditar técnicamente la manipulación. Para ello debe:

  • Realizar una inspección presencial documentada técnicamente.
  • Emitir un informe pericial que describa detalladamente la anomalía detectada, el tipo de alteración y sus posibles efectos en la medición del consumo.
  • Conservar el contador intervenido, permitiendo su revisión por parte de un laboratorio independiente si el consumidor lo solicita.

Plazo para refacturar y derechos del consumidor

La distribuidora puede estimar el consumo no registrado durante un periodo máximo de seis meses, salvo que pueda demostrar con certeza —mediante pruebas técnicas fehacientes— que la manipulación comenzó antes.

Esto significa que no pueden asumir sin más que llevabas años manipulando el contador; deben justificar de forma concreta desde cuándo se produjo la alteración para poder ampliar el periodo refacturado. El cálculo debe basarse en:

  • El historial de consumos anteriores del cliente.
  • El perfil de consumo en meses similares de años anteriores.
  • La potencia contratada y los hábitos de consumo del cliente.

Además, el consumidor tiene una serie de derechos en este tipo de situaciones:

  • Recibir una copia del informe técnico emitido por la distribuidora.
  • Solicitar la verificación del contador en un laboratorio autorizado, ya sea por iniciativa propia o con la mediación de la administración.
  • Rechazar el pago de la refacturación si no se han respetado los procedimientos legales o si no existen pruebas claras y concluyentes.

¿Qué hacer si te acusan injustamente de manipular el contador?

  • No firmes ningún documento que implique la admisión del fraude si no estás de acuerdo.
  • Solicita toda la documentación técnica relativa a la inspección y guarda copia.
  • Reclama por escrito ante la comercializadora o distribuidora eléctrica o de gas.
  • Acude a la Dirección General de Industria de tu comunidad autónoma, que tiene competencias para intervenir y resolver este tipo de conflictos.
  • Considera la vía judicial si fuera necesario.

¿Te acusan injustamente de manipular el contador eléctrico?

En LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en Derecho de Consumo, podemos ayudarte a defender tus derechos.
📩 Contáctanos hoy a través de nuestro formulario de contacto, envíanos un correo a info@lvqabogados.com o llámanos al 614 315 119 para una valoración inicial de tu caso.


Enlaces de interés

Protege tus derechos como consumidor.

Nuestro equipo de abogados expertos en Derecho de Consumo te asesorará en todo el proceso.
📞 Llámanos sin compromiso al 614 315 119 o escríbenos a info@lvqabogados.com.

¿Qué defectos están cubiertos por la garantía de un coche usado?

Si compras un coche de segunda mano y presenta un defecto, la garantía puede cubrir ciertos fallos dependiendo de su tipo:

Garantía legal

Los concesionarios están obligados a ofrecer una garantía mínima de un año, que cubre defectos ocultos y fallos mecánicos graves que ya existían antes de la venta.

Garantía comercial

Algunos vendedores ofrecen garantías adicionales que pueden incluir motor, transmisión, sistema eléctrico, frenos o suspensión.

Garantía extendida

Si adquiriste una garantía extra, su cobertura varía según el contrato.

📌 ¿Tienes dudas sobre qué cubre tu garantía? Contáctanos y uno de nuestros abogados expertos en Sevilla analizará tu caso.

Los defectos cubiertos suelen incluir problemas estructurales, fallos en el motor o transmisión, pero no el desgaste normal de piezas como frenos o neumáticos.

¿Qué derechos tienes si el vehículo presenta un defecto cubierto?

  • La reparación gratuita del fallo.
  • La sustitución del vehículo, en casos excepcionales.
  • La devolución total o parcial del dinero, si el defecto es grave y no tiene solución.
  • Una compensación económica, si el fallo afecta el valor del coche.

¿Y si compraste el coche a un particular?

Fuera de estos supuestos, o si compraste el coche a un particular, también puedes reclamar por vicios ocultos, cuando el defecto era preexistente a la fecha de la compra y no detectable. En este caso, el plazo para reclamar caduca a los seis meses desde la entrega del vehículo.

¿Es posible pedir directamente la devolución del dinero por defectos muy graves?

Sí, cuando el defecto es muy grave, puedes pedir la resolución del contrato por incumplimiento o falta de conformidad, lo que implica devolver el coche y recibir un reembolso. Para ello, debes demostrar que:

  • El problema afecta gravemente el uso del vehículo.
  • Existía antes de la compra.
  • El vendedor no ha ofrecido una solución viable.

⚖️ En LVQ Abogados en Sevilla te ayudamos a reclamar por defectos ocultos en coches de segunda mano.
Consulta con un abogado especializado llamando al 📞 +34 614 315 119.

¿Qué se considera un incumplimiento grave?

En general, cuando se compra un coche de segunda mano no puede pretenderse un funcionamiento perfecto, y lo normal es que requiera pequeñas reparaciones o el cambio de piezas, pero cuando el deterioro mecánico que presenta el vehículo en el momento de su venta es de tal entidad que excede de lo que puede considerarse reparaciones inherentes a la antigüedad y kilómetros recorridos, constituye un incumplimiento de la obligación de entrega que compete al vendedor.

¿Qué dice la jurisprudencia sobre defectos en coches de segunda mano?

En este sentido, la jurisprudencia ha reconocido como falta de conformidad con el contrato o incumplimiento de la obligación esencial del vendedor los supuestos en que el precio de reparación de la avería es desproporcionadamente alto con respecto al precio de venta, así como aquellos supuestos en los que el vehículo no es apto para circular o presenta un defecto que afecta a un elemento esencial del contrato, como el funcionamiento del sistema híbrido en un vehículo híbrido.

¿Cómo iniciar una reclamación por garantía o vicios ocultos?

En primer lugar, se ha de dirigir una reclamación al vendedor que conste de manera fehaciente (por ejemplo, mediante burofax) y, si la respuesta es negativa o no contesta, puedes acudir a las autoridades de consumo (si eres consumidor) o interponer una demanda.

En todo caso, debes contar con un informe mecánico o pericial será clave para respaldar tu reclamación.

🛠️ Nos encargamos de todo el proceso, desde el burofax hasta el juicio.
Escríbenos directamente a 📧 info@lvqabogados.com y cuéntanos tu caso.

¿Necesitas reclamar por un coche defectuoso?

En LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en garantía y vicios ocultos de vehículos de segunda mano, te ayudamos a recuperar tu dinero, cambiar el coche o exigir reparaciones conforme a la ley.

Solicita asesoramiento sin compromiso desde nuestra página de contacto o llámanos al 📞 +34 614 315 119.