¿Te ha llegado una factura de electricidad o gas con un importe desproporcionado? Este tipo de errores son más comunes de lo que parece, y lo mejor es actuar con rapidez y conociendo tus derechos. Te ayudamos a reclamar correctamente.

En LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en Derecho de Consumo, defendemos tus derechos frente a errores de facturación en suministros básicos.
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Motivos más frecuentes de facturación incorrecta


1.         Lecturas estimadas

2.         Errores de lectura

3.         Solapamiento de periodos o facturación duplicada

4.         Aplicación incorrecta de tarifas

5.         Refacturación por presunto fraude o alteración de contador.



¿Has vivido una situación parecida?
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Pasos a seguir

  1. Revisa a fondo la factura: Comprueba si la lectura es estimada o real, si el periodo de facturación está correcto y si la tarifa se ajusta a lo que contrataste.
  2. Haz una lectura actual del contador: Toma una foto del contador (con la fecha visible) para demostrar tu consumo real, en caso necesario.
  3. Contacta con la comercializadora: Llama al servicio de atención al cliente, explica el error y solicita el número de incidencia o reclamación.
  4. Formaliza la reclamación por escrito: Si no recibes solución en unos días, presenta una reclamación escrita (por correo electrónico o mediante el formulario de la web). Guarda siempre copia y acuse de recibo.
  5. Reclama ante la Dirección General de Industria de tu comunidad autónoma: Si la empresa no responde en un mes o no resuelve el problema, puedes acudir a este organismo, que tiene competencia directa sobre los suministros energéticos. Ellos pueden mediar e incluso sancionar si se detectan irregularidades.
  6. En determinados casos (tarifas reguladas, problemas de competencia o mercado), puedes trasladar tu queja a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

¿Tienes dudas sobre cómo plantear la reclamación?
En LVQ Abogados en Sevilla, te asesoramos paso a paso para defender tus derechos como consumidor.
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¿Qué límites legales existen para refacturar consumos antiguos?


Las comercializadoras y distribuidoras no pueden refacturar libremente consumos de años anteriores, incluso si han cometido errores en las lecturas.

  • En el caso de lecturas estimadas, las compañías de luz y gas solo pueden emitir facturas basadas en lecturas estimadas cuando no sea posible realizar la lectura real del contador por causas ajenas a ellas, debiendo regularizar el consumo real al menos una vez al año. Si no lo hacen, como en los casos en que se facturan lecturas estimadas durante periodos prolongados, están obligadas a refacturar correctamente y devolver al consumidor cualquier importe cobrado de más, con el interés legal correspondiente, tal y como establece el artículo 96.2 del Real Decreto 1955/2000 y han respaldado los tribunales, como la Audiencia Provincial de Alicante en su Sentencia 437/2015. Estas prácticas vulneran los derechos de los consumidores recogidos en la normativa vigente, como el Real Decreto Legislativo 1/2007 y la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
  • En los casos de error en la facturación (por lecturas erróneas, defectos en el contador o causas imputables a ella), el artículo 96.1 del Real Decreto 1955/2000 establece solo se podrá refacturar hasta un máximo de un año anterior a la fecha en que se detectó el error. Esto significa que, aunque el fallo se haya producido durante un período más largo, la empresa solo puede refacturar como máximo los últimos 12 meses desde que se detectó el fallo.

En caso de que la distribuidora detecte una manipulación del contador, el artículo 96.2 del mismo Real Decreto establece que el período a refacturar será como máximo de seis meses, salvo que la empresa pueda probar fehacientemente que el fraude comenzó antes. — Sobre esta cuestión, más información aquí.

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Normativa aplicable

  • Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
  • Artículo 96.1 regula la refacturación por errores de lectura o facturación.
  • Enlace: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2000-23410
  • Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, que regula el transporte, la distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.
  • Aplicable en caso de facturación de gas.
  • Enlace: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-430

Enlaces de interés para reclamar una factura de luz o gas:


            • Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO): Información general sobre el sistema eléctrico y de gas, y acceso a normativa https://www.miteco.gob.es

            • Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC): 

            • Portal del consumidor de energía (para entender tu factura, tus derechos como consumidor, y procedimientos de reclamación): https://www.energia.gob.es/consumo-responsable

Direcciones Generales de Industria y Energía por comunidad autónoma:

____________________________________


Andalucía: Dirección General de Minas

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/industriaenergiayminas/consejeria/sgim/dgm.html

Aragón: Dirección General de Energía y Minas

https://www.aragon.es/-/direccion-general-de-energia-y-minas

Asturias: Dirección General de Industria y Minería

https://industria.asturias.es

Islas Baleares: Dirección General de Energía y Cambio Climático

https://energia.caib.es

Canarias: Dirección General de Industria

https://www.gobiernodecanarias.org/industria/

Cantabria: Dirección General de Industria, Energía y Minas

https://dgicc.cantabria.es/

Castilla y León: Dirección General de Energía y Minas

https://industria.jcyl.es

Castilla-La Mancha: Dirección General de Transición Energética

https://industria.castillalamancha.es

Cataluña: Dirección General de Energía

https://territori.gencat.cat/ca/01_departament/organitzacio/departament/secretaria_dhabitatge_i_inclusio_social/direccio_general_denergia/

Comunidad Valenciana: Dirección General de Industria, Energía y Minas

https://industria.gva.es

Extremadura: Dirección General de Industria, Energía y Minas

https://industriaextremadura.juntaex.es

Galicia: Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales

https://ceei.xunta.gal

Comunidad de Madrid: Dirección General de Promoción Económica e Industrial

https://www.comunidad.madrid/servicios/industria

Región de Murcia: Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera

https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=22766&IDTIPO=100&RASTRO=c818%24m22727

Navarra: Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S4

https://www.navarra.es/es/industria-energia-y-proyectos-estrategicos-s4

País Vasco: Dirección de Energía

https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-industria-comercio-turismo/

La Rioja: Dirección General de Reindustrialización, Innovación e Internacionalización

https://www.larioja.org/industria/es

Ceuta: Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública

https://www.ceuta.es/ceuta/

Melilla: Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad

https://www.melilla.es/melilla


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Confía en LVQ Abogados Sevilla, con amplia experiencia en reclamaciones de consumo de energía.
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Se considera manipulación cualquier intervención destinada a alterar el funcionamiento normal del equipo de medida.

Entre las prácticas más comunes se encuentran: la instalación de puentes o derivaciones para evitar que la energía pase por el contador; el imantado del contador para ralentizar o detener el registro del consumo; la modificación del software del contador digital (firmware); la rotura, alteración o eliminación de precintos de seguridad.

¿Qué dice la normativa?

De acuerdo con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (artículo 96), y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la distribuidora está obligada a acreditar técnicamente la manipulación. Para ello debe:

  • Realizar una inspección presencial documentada técnicamente.
  • Emitir un informe pericial que describa detalladamente la anomalía detectada, el tipo de alteración y sus posibles efectos en la medición del consumo.
  • Conservar el contador intervenido, permitiendo su revisión por parte de un laboratorio independiente si el consumidor lo solicita.

Plazo para refacturar y derechos del consumidor

La distribuidora puede estimar el consumo no registrado durante un periodo máximo de seis meses, salvo que pueda demostrar con certeza —mediante pruebas técnicas fehacientes— que la manipulación comenzó antes.

Esto significa que no pueden asumir sin más que llevabas años manipulando el contador; deben justificar de forma concreta desde cuándo se produjo la alteración para poder ampliar el periodo refacturado. El cálculo debe basarse en:

  • El historial de consumos anteriores del cliente.
  • El perfil de consumo en meses similares de años anteriores.
  • La potencia contratada y los hábitos de consumo del cliente.

Además, el consumidor tiene una serie de derechos en este tipo de situaciones:

  • Recibir una copia del informe técnico emitido por la distribuidora.
  • Solicitar la verificación del contador en un laboratorio autorizado, ya sea por iniciativa propia o con la mediación de la administración.
  • Rechazar el pago de la refacturación si no se han respetado los procedimientos legales o si no existen pruebas claras y concluyentes.

¿Qué hacer si te acusan injustamente de manipular el contador?

  • No firmes ningún documento que implique la admisión del fraude si no estás de acuerdo.
  • Solicita toda la documentación técnica relativa a la inspección y guarda copia.
  • Reclama por escrito ante la comercializadora o distribuidora eléctrica o de gas.
  • Acude a la Dirección General de Industria de tu comunidad autónoma, que tiene competencias para intervenir y resolver este tipo de conflictos.
  • Considera la vía judicial si fuera necesario.

¿Te acusan injustamente de manipular el contador eléctrico?

En LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en Derecho de Consumo, podemos ayudarte a defender tus derechos.
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¿Qué defectos están cubiertos por la garantía de un coche usado?

Si compras un coche de segunda mano y presenta un defecto, la garantía puede cubrir ciertos fallos dependiendo de su tipo:

Garantía legal

Los concesionarios están obligados a ofrecer una garantía mínima de un año, que cubre defectos ocultos y fallos mecánicos graves que ya existían antes de la venta.

Garantía comercial

Algunos vendedores ofrecen garantías adicionales que pueden incluir motor, transmisión, sistema eléctrico, frenos o suspensión.

Garantía extendida

Si adquiriste una garantía extra, su cobertura varía según el contrato.

📌 ¿Tienes dudas sobre qué cubre tu garantía? Contáctanos y uno de nuestros abogados expertos en Sevilla analizará tu caso.

Los defectos cubiertos suelen incluir problemas estructurales, fallos en el motor o transmisión, pero no el desgaste normal de piezas como frenos o neumáticos.

¿Qué derechos tienes si el vehículo presenta un defecto cubierto?

  • La reparación gratuita del fallo.
  • La sustitución del vehículo, en casos excepcionales.
  • La devolución total o parcial del dinero, si el defecto es grave y no tiene solución.
  • Una compensación económica, si el fallo afecta el valor del coche.

¿Y si compraste el coche a un particular?

Fuera de estos supuestos, o si compraste el coche a un particular, también puedes reclamar por vicios ocultos, cuando el defecto era preexistente a la fecha de la compra y no detectable. En este caso, el plazo para reclamar caduca a los seis meses desde la entrega del vehículo.

¿Es posible pedir directamente la devolución del dinero por defectos muy graves?

Sí, cuando el defecto es muy grave, puedes pedir la resolución del contrato por incumplimiento o falta de conformidad, lo que implica devolver el coche y recibir un reembolso. Para ello, debes demostrar que:

  • El problema afecta gravemente el uso del vehículo.
  • Existía antes de la compra.
  • El vendedor no ha ofrecido una solución viable.

⚖️ En LVQ Abogados en Sevilla te ayudamos a reclamar por defectos ocultos en coches de segunda mano.
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¿Qué se considera un incumplimiento grave?

En general, cuando se compra un coche de segunda mano no puede pretenderse un funcionamiento perfecto, y lo normal es que requiera pequeñas reparaciones o el cambio de piezas, pero cuando el deterioro mecánico que presenta el vehículo en el momento de su venta es de tal entidad que excede de lo que puede considerarse reparaciones inherentes a la antigüedad y kilómetros recorridos, constituye un incumplimiento de la obligación de entrega que compete al vendedor.

¿Qué dice la jurisprudencia sobre defectos en coches de segunda mano?

En este sentido, la jurisprudencia ha reconocido como falta de conformidad con el contrato o incumplimiento de la obligación esencial del vendedor los supuestos en que el precio de reparación de la avería es desproporcionadamente alto con respecto al precio de venta, así como aquellos supuestos en los que el vehículo no es apto para circular o presenta un defecto que afecta a un elemento esencial del contrato, como el funcionamiento del sistema híbrido en un vehículo híbrido.

¿Cómo iniciar una reclamación por garantía o vicios ocultos?

En primer lugar, se ha de dirigir una reclamación al vendedor que conste de manera fehaciente (por ejemplo, mediante burofax) y, si la respuesta es negativa o no contesta, puedes acudir a las autoridades de consumo (si eres consumidor) o interponer una demanda.

En todo caso, debes contar con un informe mecánico o pericial será clave para respaldar tu reclamación.

🛠️ Nos encargamos de todo el proceso, desde el burofax hasta el juicio.
Escríbenos directamente a 📧 info@lvqabogados.com y cuéntanos tu caso.

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En LVQ Abogados en Sevilla, especialistas en garantía y vicios ocultos de vehículos de segunda mano, te ayudamos a recuperar tu dinero, cambiar el coche o exigir reparaciones conforme a la ley.

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