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La entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, marca un antes y un después en la forma de afrontar los procesos laborales. Esta reforma de la Ley reguladora de la jurisdicción social no es solo una actualización técnica: acelera procedimientos, endurece sanciones y eleva el nivel de exigencia procesal.


En este artículo te contamos de forma clara y directa las principales novedades que afectan tanto a empresas como a trabajadores, abogados y graduados sociales.

1. Sentencias orales y firmeza inmediata


El juez podrá dictar sentencia verbalmente al finalizar el juicio. Si las partes están presentes y deciden no recurrir, la sentencia queda firme en ese mismo momento.


¿Por qué importa? Porque reduce los tiempos, pero también los márgenes de reacción.

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2. Prueba documental: 10 días y en formato digital


Toda prueba documental o pericial debe aportarse con 10 días de antelación al juicio y por vía electrónica, salvo que la parte esté exenta.


¿Y si no? Se puede inadmitir, y si hay sospecha de mala fe, el tribunal puede imponer multas de hasta 6.000 euros.

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3. Conciliación anticipada: impulso real a los acuerdos


Se refuerza la conciliación previa al juicio, con posibilidad de señalarla por separado, incluso por iniciativa del juzgado. Además, se puede formalizar telemáticamente.

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4. Sanciones por mala fe procesal: Sube el mínimo a 600 euros


Se endurece la respuesta judicial ante litigios temerarios o actuaciones de mala fe. Las multas pasan a oscilar entre 600 y 6.000 euros.

5. Recurso de casación: nace el “interés casacional objetivo”


A partir de ahora, no basta con que haya contradicción entre sentencias para acudir al Tribunal Supremo. El recurso solo se admitirá si se justifica que existe un interés casacional objetivo: trascendencia jurídica, proyección general o necesidad de un nuevo pronunciamiento.

6. Revisión y error judicial: más filtros, más exigencias


La revisión de sentencias firmes y la reclamación por error judicial incorporan nuevos requisitos y limitaciones.

  • Cada fase del proceso importa. Un mal planteamiento en primera instancia puede cerrarte todas las puertas.

⚖️ Cada fase del proceso importa. Un mal planteamiento en primera instancia puede cerrarte todas las puertas.


¿Qué significa todo esto?

  • Que litigar sin preparación o sin asesoramiento adecuado es más arriesgado que nunca.
  • Que la agilidad procesal va a favor del que llega al juicio con todo previsto.
  • Y que cada vez es más importante tener un equipo legal que domine la norma y actúe rápido.

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ENLACES DE INTERÉS

1. Texto oficial de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de eficiencia organizativa del servicio público de Justicia

2. Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social

3. Notas y análisis jurídicos:

  • Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) – Noticias, informes y circulares sobre la aplicación de la reforma: www.poderjudicial.es
  • Revista del Consejo General de Graduados Sociales – Suelen incluir análisis sobre cambios normativos. https://www.cgcom.org/

4. Fuentes doctrinales y especializadas

5. Recursos prácticos

  • Guía de presentación de escritos y prueba documental en formato electrónico (CGPJ o Ministerio de Justicia)





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