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El arraigo socioformativo es una de las vías más accesibles para que ciudadanos extranjeros en situación irregular puedan obtener una residencia temporal legal en España durante 12 meses, con la condición de realizar una formación oficial. Esta figura se consolida como una herramienta de integración real, tanto social como laboral.

Si llevas al menos dos años en España, no tienes antecedentes penales y estás dispuesto/a a estudiar, esta guía elaborada por LVQ Abogados en Sevilla especialistas en Derecho de Extranjería te explica paso a paso cómo solicitar el arraigo socioformativo, incluyendo cómo conseguir el informe psicosocial, uno de los documentos clave del procedimiento.

¿Qué es el arraigo socioformativo?

El arraigo socioformativo es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales regulada en el artículo 124.4 del Reglamento de Extranjería, tras la reforma introducida por el Real Decreto 629/2022.

Permite a los extranjeros que acrediten una permanencia de al menos 2 años en España, regularizar su situación si se comprometen a realizar una formación reglada que les facilite su integración laboral.

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Requisitos del arraigo socioformativo

 

1. Estancia continuada en España durante al menos 2 años

Debes demostrar que llevas al menos 24 meses seguidos en España antes de la solicitud. Se admiten ausencias cortas (máximo 90 días).

Cómo se acredita:

  • Certificado de empadronamiento histórico.
  • Informes médicos, escolares, bancarios, etc.
  • Documentos de asociaciones, parroquias o registros públicos.

 

2. No tener antecedentes penales

Tendrás que presentar:

  • Certificado de antecedentes penales de España.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países donde hayas residido en los últimos 5 años.

Todos los documentos extranjeros deben estar apostillados (o legalizados) y, si no están en español, traducidos por traductor jurado.

 

3. Compromiso de realizar una formación oficial

Debes comprometerte a cursar una formación incluida en alguno de estos grupos:

  • Certificados de Profesionalidad (SEPE).
  • Formación Profesional reglada (titulaciones oficiales).
  • Formación autorizada por el SEPE o por servicios autonómicos de empleo.
  • Cursos que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas.

Cómo se acredita:

  • Carta de admisión, reserva o preinscripción del centro educativo.
  • Matrícula.
    • Una vez concedida la autorización, tienes 3 meses para matricularte.

Puedes consultar cursos válidos en el siguiente enlace:

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/formacion/certificados-de-profesionalidad.html

 

4. Informe psicosocial o de integración social

Uno de los requisitos más importantes. Se trata de un informe emitido por los Servicios Sociales municipales que evalúa tu grado de integración en la sociedad española.

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¿Qué es el informe psicosocial y cómo se consigue?

El informe psicosocial o de integración social es un documento elaborado por un trabajador social que certifica:

  • Tu grado de arraigo personal y social.
  • Participación comunitaria o vínculos familiares.
  • Conocimiento básico del idioma y las costumbres.
  • Situación de vivienda, salud, recursos y motivación formativa.

¿Dónde se solicita?

Debes acudir a los Servicios Sociales del ayuntamiento donde estás empadronado. En zonas rurales, el trámite puede realizarse también en unidades sociales comarcales o la Diputación provincial.

Documentación habitual:

  • Pasaporte completo.
  • Certificado de empadronamiento (preferiblemente histórico).
  • Documentos que acrediten tu participación en actividades sociales, cursos de español, voluntariado, etc.
  • Justificante de la preinscripción formativa.
  • Informes médicos o escolares, si procede.

¿Cuánto tarda?

Entre 4 y 8 semanas. Es recomendable pedir cita lo antes posible y llevar todos los documentos preparados para agilizar el proceso.

 

Resumen: Documentación necesaria para solicitar el arraigo socioformativo

DocumentoDescripción
Formulario EX-10Solicitud de residencia por circunstancias excepcionales. Puedes descargarlo aquí: https://extranjeros.inclusion.gob.es/ficheros/Modelos_solicitudes/mod_solicitudes2/EX-10_residencia_circunstancias_excepcionales.pdf
Pasaporte completoVigente y con todas las páginas utilizadas.
Empadronamiento históricoDebe acreditar al menos 2 años de permanencia en España.
Certificados de penalesDe España y del país de origen/residencia. Apostillados y traducidos.
Informe psicosocialEmitido por Servicios Sociales.
Compromiso formativoPreinscripción o reserva de plaza en formación oficial.
Tasa 790 – código 052Modelo de pago de tasas administrativas. Puedes descargarlo aquí: https://sede.policia.gob.es/Tasa790_052/

 

¿Cómo se presenta la solicitud?

Tienes dos opciones:

Presentación online (Mercurio)

  1. Accede al portal oficial:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio

  • Selecciona el modelo “Residencia temporal por circunstancias excepcionales – Arraigo socioformativo”.
  • Identifícate con certificado digital o Cl@ve.
  • Rellena el formulario y adjunta toda la documentación en PDF.
  • Firma digitalmente con Autofirma.
  • Guarda el resguardo de presentación.

Presentación presencial o por registro electrónico

Si no puedes hacerlo online, también puedes:

  • Solicitar cita en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
  • Presentar la solicitud en el Registro Electrónico Común

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

📲 Llámanos directamente si quieres que preparemos todo por ti
Teléfono: +34 614 315 119

¿Qué pasa después de presentar la solicitud?

  • La Oficina de Extranjería revisa tu expediente.
  • Si es favorable, se concede una residencia temporal de 12 meses.
  • Dispones de 3 meses para acreditar que te has matriculado en el curso oficial comprometido.
  • Esta residencia no autoriza a trabajar, pero puede transformarse en una autorización de residencia y trabajo posteriormente.

 

Enlaces oficiales de interés

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